- 14 marzo, 2024
Prestaciones para la Conciliación de la FPSOMC
La Fundación para la Protección Social de la Organización Médica Colegial (FPSOMC) mantiene en su catálogo recursos de diferente naturaleza, cuyo objetivo es el de promover y mejorar el bienestar del colectivo médico.
Entre estas prestaciones se encuentra el bloque de Prestaciones para la Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Profesional destinadas a la ayuda ante las responsabilidades del cuidado de la familia con hijos menores, padres mayores u obligaciones profesionales, así como en otras situaciones relacionadas con la conciliación.
Las prestaciones incluidas en este bloque son:
Teleasistencia domiciliaria (TAD)
Ayuda destinada a la adquisición de un servicio prestado a través de dispositivos conectados a la línea fija o móvil que facilitan la atención personalizada del usuario con el fin de detectar, prevenir e intervenir ante posibles situaciones de riesgo. Es una prestación económica de carácter mensual y renovable anualmente. Pueden acceder a esta ayuda los socios protectores con progenitores que tengan al menos 80 años, residan o no con el socio protector. En el momento de solicitar la prestación de deberá contar con un Servicio de Teleasistencia Domiciliaria contratado cuyo coste no esté cubierto por otros organismos públicos o privados. La Fundación concede un máximo de 35€ al mes, previa valoración de ingresos de la Unidad Familiar.
Atención en el Domicilio (SAD)
Ayuda destinada a la adquisición de un servicio de atención en el propio domicilio al objeto de atender las necesidades de la vida diaria del progenitor del socio protector que tengan reconocido el Grado de Dependencia. Prestación económica de carácter mensual y renovable anualmente. En el momento de solicitar la prestación se deberá contar con un Servicio de Ayuda a Domicilio contratado cuyo coste no esté cubierto por otros organismos públicos o privados. La aportación de la Fundación se calcula en base a las horas de atención que necesita la persona, de acuerdo con la resolución del Programa Individual de Atención (PIA), previa valoración de ingresos de la Unidad Familiar.
Centro de Atención Diurna/Nocturna
Ayuda destinada a sufragar el coste de una plaza en un Centro de Atención Diurna/Nocturna para el progenitor del socio protector que cuente al menos con un Grado II de Dependencia. Prestación económica de carácter mensual y renovable anualmente. En el momento de solicitar la prestación de deberá ser usuario de un Centro de Atención Diurna/Nocturna cuyo coste no esté cubierto por otros organismos públicos o privados. La Fundación puede conceder hasta un incremento del 30% sobre la cuantía de cobertura establecida en el Programa Individual de Atención (PIA), previa valoración de ingresos de la Unidad Familiar.
Respiro del cuidador
Ayuda destinada a la contratación de cuidadores profesionales o residencias temporales con el objeto de facilitar al cuidador principal de la persona dependiente y/o con discapacidad momentos de descanso, evitando situaciones de sobrecarga. Está dirigida a socios protectores que ejerzan de cuidador principal de sus progenitores con un Grado de Discapacidad igual o superior al 65% y/o un Grado II de Dependencia. Prestación económica de carácter puntual y no renovable. La Fundación puede conceder hasta 547€/mes en un periodo máximo de 30 días al año, siempre que el coste del servicio no esté cubierto por otro organismo público ni privado y previa valoración de ingresos de la Unidad Familiar.
Centro Residencial
Ayuda destinada a contribuir en la cobertura de una plaza residencial para progenitores del socio protector con un Grado III de Dependencia. Prestación económica de carácter mensual y renovable anualmente. La Fundación puede conceder hasta 547€/mes previa valoración de ingresos de la Unidad Familiar, siempre que se dedique al pago de la residencia al menos el 80% de la Renta de la UF.
Residencia Siglo XXI
El Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM) está encargada de la gestión de la Residencia de Mayores Siglo XXI de Guadalajara. Esta ayuda está destinada a sufragar el coste de una plaza en este centro residencial para el progenitor del socio protector. Prestación económica de carácter mensual y renovable anualmente. La Fundación puede conceder hasta 547€/mes previa valoración de ingresos de la Unidad Familiar, siempre que se dedique al pago de la residencia al menos el 80% de la Renta de la UF.
Apoyo Familiar en el Hogar
Ayuda destinada a compensar los gastos originados por la contratación de un canguro puntual para atender las necesidades de acompañamiento de menores hasta 12 años ante situaciones imprevistas de carácter laboral del socio protector. Prestación económica de carácter puntual y no renovable. Es requisito imprescindible que el segundo progenitor tampoco pueda eludir sus obligaciones profesionales y que la persona que ejerza de canguro no sea familiar hasta segundo grado. La Fundación puede conceder hasta el 50% del coste con un tope máximo de 8€/hora, previa valoración de ingresos de la Unidad Familiar.
Apoyo Familiar - Escuelas o Campamentos de Verano
Ayuda destinada a sufragar los gastos originados por asistencia a campamentos urbanos, campamentos con pernocta y escuelas de verano durante las vacaciones escolares, cuando ambos progenitores se encuentren trabajando. Prestación económica de carácter puntual y no renovable. La Fundación puede conceder hasta el 50% del coste, con un tope máximo de 300€, previa valoración de ingresos de la Unidad Familiar.
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