Información útil al finalizar la residencia

Por fin acaba tu periodo de residencia y te conviertes en especialista, ¡enhorabuena! El ciclo formativo de tu especialidad ha terminado, pero debes saber que:

  • Con terminar la formación no basta: debes poder acreditarte como especialista, y para ello es necesario que solicites el título de especialista en Ciencias de la Salud. Los certificados provisionales (de tu Comisión de Docencia y del Ministerio) son muy útiles, pero el título es absolutamente necesario y debes seguir los pasos para solicitarlo.
  • Es necesario comunicar al Colegio de Médicos el final de tu formación, y actualizar los datos de tu situación profesional (incluso si no encuentras empleo) y del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional. No sólo es obligación legal: ¡debemos mantener correcta tu información para poder ayudarte!

ACREDITARTE ADECUADAMENTE COMO ESPECIALISTA:

Requiere la posesión del título. Es el único documento legal que acredita sin dudas ni situaciones provisionales que eres especialista, y debes poder presentarlo en donde se requiera, como por ejemplo en el Colegio. Porque para poder realizar ciertos trámites u obtener ciertos certificados —incluidos algunos que podrías requerir del Colegio— se requiere la presentación y/o registro del título de especialista en Ciencias de la Salud.

¿Cómo solicito el título de especialista?

El Ministerio de Sanidad ha publicado en su página web la siguiente información con respecto al nuevo procedimiento de expedición de Títulos de Especialista en Ciencias de la Salud:

Según el artículo del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, el derecho a la obtención del título de especialista está condicionado a la evaluación final positiva del periodo de residencia.

Así mismo, según se establece en el artículo 16 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, la posesión del título de especialista será necesaria para utilizar de modo expreso la denominación de especialista, para ejercer la profesión con tal carácter y para ocupar puestos de trabajo con tal denominación en centros y establecimientos públicos y privados.

A partir del 1 de enero de 2022, los títulos de especialistas en Ciencias de la Salud se expedirán por el Ministerio de Sanidad, y se hará de oficio por el Departamento en formato electrónico.

También puede solicitar la emisión de un certificado provisional sustitutorio del título de especialista, en el buzón de correo (titulosespecialistas@sanidad.gob.es), para lo que deberá remitirnos la acreditación que justifique la urgencia y necesidad de disponer del citado certificado sustitutorio, previa al título definitivo, y adjuntando copia de su documento de identidad.

Dejarán de emitirse por otro lado, la certificación acreditativa del cumplimiento del periodo formativo por el sistema de residencia, que firmaba la Subdirectora General de Formación y Ordenación Profesional de este Ministerio de Sanidad, ya que será sustituida por la expedición de los títulos oficiales de Especialistas en Ciencias de la Salud.

Por tanto, es muy importante que los residentes y las Unidades Docentes, comprueben la veracidad de los datos que figuran en SIREF y comuniquen cualquier corrección al Registro Nacional de Especialistas en Formación, ya que no se realizarán modificaciones en los títulos una vez expedidos.

Información Ministerio de Sanidad: https://www.sanidad.gob.es/profesionales/formacion/registroEspecialistas/home.htm

COMUNICAR AL COLEGIO TU NUEVA SITUACIÓN

Terminar tu formación implica que acaba tu situación como médico en formación de especialidad. Y dado que las administraciones no informan al Colegio de esta variación, tú eres quien debes informarnos; como posteriormente deberás informar de las modificaciones que se produzcan en tu situación profesional:

  • Cuando inicies un nuevo puesto como médico —ya sea por cuenta propia o ajena—, o
  • Cuando tengas un periodo de cese del ejercicio profesional en España (por un periodo sabático, por iniciar un desempeño profesional diferente a la Medicina, por quedarte en situación de desempleo, por marchar a trabajar al extranjero, etc).

¿Cómo comunico al Colegio mi nueva situación?

Puedes acceder al documento de Notificación o Modificación de Datos a través de la Ventanilla Única de la web colegial: Ventanilla Única

También puedes solicitarnos (telefónicamente nuestras oficinas, en el 958 806 600; o por correo electrónico a com@comgranada.com) que te enviemos el formulario para la modificación de domicilios profesionales y particulares, que podrás rellenar y devolver al Colegio, con firma electrónica o escaneando el documento firmado.

O si lo prefieres puedes enviarnos un correo electrónico a com@comgranada.com informándonos de tu nueva situación. Si inicias un nuevo empleo, deberás indicarnos cuál es, los correspondientes domicilios y datos de contacto profesionales (indicándonos si mantienes o no el empleo/s anterior/es, en su caso), y la especialidad que vas a ejercer.

¿Debo cambiar mi situación en el seguro de responsabilidad civil profesional?

Cuando terminas tu formación como especialista, normalmente comenzarás un nuevo desempeño profesional. Y eso implica que debes realizar la modificación en tu seguro de responsabilidad civil profesional (SRCP).

Lo mismo ocurrirá si posteriormente

  • Cambias de modalidad de ejercicio (p.ej., cuando inicias o cesas el ejercicio privado, o trabajas para una administración diferente), o
  • Trabajas en una especialidad o categoría diferente (p.ej., si dejas de trabajar como especialista o lo haces en otra especialidad que poseas), o
  • Si utilizas ciertas técnicas o cirugías en algunas especialidades (p.ej., láser en

Siempre puedes consultarnos si no lo tienes claro: te ayudaremos a encontrar la respuesta.

¿Cómo modifico mi seguro de responsabilidad civil profesional?

Si lo tienes contratado a través del Colegio, puedes acceder al documento del SRCP a través de la Ventanilla Única de la web colegial: Ventanilla Única

También puedes llamarnos a nuestras oficinas (958 806 600) o envíanos un correo electrónico a com@comgranada.com, y te enviaremos el formulario correspondiente, que podrás rellenar y devolver al Colegio, con firma electrónica o escaneando el documento firmado.

Si lo contratas directamente a través de alguna compañía aseguradora, o lo contrata tu empresa para ti (aparte del propio que debe tener la empresa para su actividad), para comunicar la modificación deberás enviarnos el correspondiente certificado de la compañía aseguradora.

SI VAS A INICIAR ACTIVIDAD PROFESIONAL POR CUENTA PROPIA

Una posibilidad de actividad profesional es el empleo por cuenta propia, ya sea con el establecimiento de una consulta o centro sanitario de tu propiedad, u ofreciendo tus servicios como profesional médico a otras empresas.

Para poder iniciar esta actividad, debes realizar una serie de trámites, entre los que se encuentran:

Hay más trámites que pueden tener que cumplirse, en función del tipo de ejercicio que se vaya a realizar (Registro Estatal de Profesionales Sanitarios; Registro Andaluz de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios; Licencia municipal de apertura; etc). En cualquier caso, si vas a iniciar esta actividad, te aconsejamos que siempre consultes con la Asesoría Jurídica del Colegio, donde recibirás información y consejo sobre los trámites a realizar. Y con la Asesoría Fiscal del Colegio, en relación al alta de la Actividad en Hacienda. Te recordamos que el asesoramiento por parte de cualquiera de las dos asesorías es gratuito y está a tu disposición si eres colegiado de nuestra institución.

Los teléfonos y correos electrónicos de las asesorías son:

Asesoría Jurídica:
958 806 610
asesoria.juridica@comgranada.com

Asesoría Fiscal:
958 806 608
asesoria.fiscal@comgranada.com

Cartel

  • Compartir