El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Granada, en cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía, formula la siguiente "Carta de Servicios":
- Son servicios del Colegio tanto a los ciudadanos como a la Administración:
- Ejercer el derecho de petición conforme a la ley.
- Facilitar a la Administración de Justicia la lista de médicos que desean actuar de peritos.
- Intervenir como mediador en los procedimientos de arbitraje en los conflictos que se susciten entre los colegiados y los ciudadanos.
- Adoptar las medidas necesarias para garantizar que sus colegiados cumplan el deber de aseguramiento.
- Participar en los órganos consultivos de la administración cuando sea preceptivo o ésta lo requiera.
- Informar los proyectos normativos de la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre las condiciones generales del ejercicio profesional.
- Ejercer cuantas competencias administrativas les sean atribuidas legalmente, así como colaborar con la Administración mediante la realización de estudios o emisión de informes.
- Colaborar con las Universidades Andaluzas en la elaboración de los planes de estudios.
- Garantizar la colaboración con la Administración de la Junta de Andalucía y sus organizamos dependientes en el control de las situaciones de los colegiados que, por su condición de empleados públicos a su servicio, pudieran estar afectados por causa de incompatibilidad para el ejercicio de actividades profesionales, facilitando toda aquella información que les sea requerida.
- Colaborar con los poderes públicos en la consecución del derecho a la protección de la salud de todos los españoles y la más eficiente, justa y equitativa regulación de la asistencia sanitaria y del ejercicio de la Medicina.
- La vigilancia del ejercicio profesional, el control de la publicidad y propaganda profesional, y de las informaciones aparecidas en medios de comunicación social que tengan carácter y hagan referencia profesional y puedan dañar la salud pública.
- Cooperar con los poderes públicos, a nivel provincial y/o autonómico, en la formación de la política sanitaria y de los planes asistenciales y en su ejecución, participando en cuantas cuestiones afecten o se relacionen con la promoción de la Salud y la asistencia sanitaria.
- Instar a los Organismos Públicos o Privados para que doten en el ejercicio profesional a los colegiados de los mínimos de material y personal necesarios para el ejercicio de una Medicina de calidad.
- Distribuir en su ámbito territorial los impresos de certificados médicos oficiales, cualquiera que sea la finalidad de los mismos.
- Establecer los registros públicos de profesionales y de Sociedades Profesionales, que serán accesibles a la población y a las Administraciones sanitarias.
- El órgano colegial que presta dichos servicios es la Junta Directiva.
- Las normas que regulan los servicios que presta el Colegio son:
- Ley 10/2003, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía
- Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias
- Ley 2/2007, de Sociedades Profesionales
- Real Decreto 1018/1980, por el que se aprueban los Estatutos Generales de la Organización Médica Colegial
- Decreto 216/2006, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía
- El Colegio velará por la corrección tanto de las prestaciones profesionales de los colegiados como de los servicios de la Institución. Los ciudadanos podrán formular las quejas y sugerencias oportunas del modo que se indica en el punto siguiente.
- Las quejas y sugerencias se presentarán por escrito e incluirían necesariamente la identidad del solicitante, la nacionalidad si la tuviere, el lugar o medio elegido para la práctica de las notificaciones, el objeto y el destinatario de la petición. Una vez efectuadas las averiguaciones y considerados los informes oportunos, la Junta Directiva resolverá y contestará en el plazo de 30 días hábiles desde la resolución.
- El Colegio Oficial de Médicos de Granada presta sus servicios en ...
- Horario de atención al público: lunes a viernes (no festivos) de 8 a 15h y de lunes a jueves de 18 a 20h.