Servicios

El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Granada, en cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía, formula la siguiente "Carta de Servicios":

 

- Son servicios del Colegio tanto a los ciudadanos como a la Administración:

  • Ejercer el derecho de petición conforme a la ley.
  • Facilitar a la Administración de Justicia la lista de médicos que desean actuar de peritos.
  • Intervenir como mediador en los procedimientos de arbitraje en los conflictos que se susciten entre los colegiados y los ciudadanos.
  • Adoptar las medidas necesarias para garantizar que sus colegiados cumplan el deber de aseguramiento.
  • Participar en los órganos consultivos de la administración cuando sea preceptivo o ésta lo requiera.
  • Informar los proyectos normativos de la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre las condiciones generales del ejercicio profesional.
  • Ejercer cuantas competencias administrativas les sean atribuidas legalmente, así como colaborar con la Administración mediante la realización de estudios o emisión de informes.
  • Colaborar con las Universidades Andaluzas en la elaboración de los planes de estudios.
  • Garantizar la colaboración con la Administración de la Junta de Andalucía y sus organizamos dependientes en el control de las situaciones de los colegiados que, por su condición de empleados públicos a su servicio, pudieran estar afectados por causa de incompatibilidad para el ejercicio de actividades profesionales, facilitando toda aquella información que les sea requerida.
  • Colaborar con los poderes públicos en la consecución del derecho a la protección de la salud de todos los españoles y la más eficiente, justa y equitativa regulación de la asistencia sanitaria y del ejercicio de la Medicina.
  • La vigilancia del ejercicio profesional, el control de la publicidad y propaganda profesional, y de las informaciones aparecidas en medios de comunicación social que tengan carácter y hagan referencia profesional y puedan dañar la salud pública.
  • Cooperar con los poderes públicos, a nivel provincial y/o autonómico, en la formación de la política sanitaria y de los planes asistenciales y en su ejecución, participando en cuantas cuestiones afecten o se relacionen con la promoción de la Salud y la asistencia sanitaria.
  • Instar a los Organismos Públicos o Privados para que doten en el ejercicio profesional a los colegiados de los mínimos de material y personal necesarios para el ejercicio de una Medicina de calidad.
  • Distribuir en su ámbito territorial los impresos de certificados médicos oficiales, cualquiera que sea la finalidad de los mismos.
  • Establecer los registros públicos de profesionales y de Sociedades Profesionales, que serán accesibles a la población y a las Administraciones sanitarias.

- El órgano colegial que presta dichos servicios es la Junta Directiva.

- Las normas que regulan los servicios que presta el Colegio son:

- El Colegio velará por la corrección tanto de las prestaciones profesionales de los colegiados como de los servicios de la Institución. Los ciudadanos podrán formular las quejas y sugerencias oportunas del modo que se indica en el punto siguiente.

- Las quejas y sugerencias se presentarán por escrito e incluirían necesariamente la identidad del solicitante, la nacionalidad si la tuviere, el lugar o medio elegido para la práctica de las notificaciones, el objeto y el destinatario de la petición. Una vez efectuadas las averiguaciones y considerados los informes oportunos, la Junta Directiva resolverá y contestará en el plazo de 30 días hábiles desde la resolución.

- El Colegio Oficial de Médicos de Granada presta sus servicios en ... 

- Horario de atención al público: lunes a viernes (no festivos) de 8 a 15h y de lunes a jueves de 18 a 20h.