Personalizar las preferencias de consentimiento

Usamos cookies para ayudarle a navegar de manera eficiente y realizar ciertas funciones. Encontrará información detallada sobre cada una de las cookies bajo cada categoría de consentimiento a continuación.

Las cookies categorizadas como “Necesarias” se guardan en su navegador, ya que son esenciales para permitir las funcionalidades básicas del sitio web.... 

Siempre activas

Las cookies necesarias son cruciales para las funciones básicas del sitio web y el sitio web no funcionará de la forma prevista sin ellas. Estas cookies no almacenan ningún dato de identificación personal.

Las cookies funcionales ayudan a realizar ciertas funcionalidades, como compartir el contenido del sitio web en plataformas de redes sociales, recopilar comentarios y otras características de terceros.

Las cookies analíticas se utilizan para comprender cómo interactúan los visitantes con el sitio web. Estas cookies ayudan a proporcionar información sobre métricas el número de visitantes, el porcentaje de rebote, la fuente de tráfico, etc.

Las cookies de rendimiento se utilizan para comprender y analizar los índices de rendimiento clave del sitio web, lo que ayuda a proporcionar una mejor experiencia de usuario para los visitantes.

No hay cookies para mostrar.

Las cookies publicitarias se utilizan para entregar a los visitantes anuncios personalizados basados ​​en las páginas que visitaron antes y analizar la efectividad de la campaña publicitaria.

Sistema interno de información

  • Inicio
  • Sistema interno de información

Sistema Interno de Información (Ley 2/2023 de 20 de febrero)

El Colegio Oficial de Médicos de Granada, en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, y en coherencia con su código de conducta y los compromisos adoptados de transparencia, cumplimiento normativo y diligencia debida tiene habilitado el siguiente canal interno de información a través del cual nuestros trabajadores, proveedores o terceros que se relacionen laboralmente con nosotros (art. 3 ley 2/2023) pueden comunicar cualquier sospecha de conductas que pudieran ser constitutivas de una infracción a las que se refiere el artículo 2 de la citada Ley, fundamentalmente infracciones del Derecho de la UE e infracciones penales o administrativas graves o muy graves, siempre que dichos hechos sean relativos al desempeño de la actividad institucional y/o el ejercicio de las funciones internas de este Colegio.

(Si tiene usted algún tipo de relación laboral o profesional con el Colegio)

En caso de no tener relación de este tipo y si desea presentar cualquier información, puede hacerlo a través del siguiente enlace:

Canal Externo de Información a la Autoridad Independiente de Protección de Protección del Informante

Por su parte, la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, establece un canal externo de información a la Autoridad Independiente de Protección de Protección del Informante, A.A.I., y en la Comunidad Autónoma de Andalucía, dicha autoridad competente es la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción. Teniendo en cuenta lo anterior, mediante Resolución de 20 de marzo de 2023 de la Oficina, se creó y ordenó la puesta en funcionamiento del canal externo de información para el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.