- 05 julio, 2023
Prestaciones Asistenciales de la FPSOMC
La Fundación para la Protección Social de la Organización Médica Colegial (FPSOMC) mantiene en su catálogo recursos de diferente naturaleza, cuyo objetivo es el de promover y mejorar el bienestar del colectivo médico.
Entre estas prestaciones se encuentra el bloque de Prestaciones Asistenciales, las cuales se dividen en prestaciones de orfandad, de viudedad, para médico con discapacidad, para médico jubilado y para médico en formación en ILT (educación infantil 0-3 años).
Prestaciones de Orfandad:
- Menor de 21 años:
Ayuda destinada a contribuir en la cobertura de las necesidades básicas de huérfanos menores de 21 años. Es una prestación económica de carácter mensual y renovable anualmente hasta alcanzar la edad de 21 años. La Fundación concede una cuantía fija por mes en función de si el huérfano lo es únicamente del socio protector, si es huérfano absoluto (HPM) o si es huérfano absoluto siendo ambos progenitores socios protectores (HPMM). Se puede solicitar en cualquier momento aunque solamente se abonarán los atrasos cuando la solicitud se presente dentro de los tres meses posteriores al fallecimiento del socio protector.
- Beca para estudios oficiales:
Ayuda destinada a becar la realización de estudios oficiales para huérfanos entre 21 y 25 años. Se becarán un máximo de 3 cursos académicos consecutivos, salvo en los estudios universitarios de doble grado y grados de 6 años, para los que se becarán 4 cursos académicos. La Fundación concede un pago único por año/curso académico en función del tipo de estudios que se estén realizando. Se puede solicitar desde el 1 de septiembre al 31 de mayo.
- Expedición de título oficial:
Ayuda destinada a cubrir los gatos originados por la expedición del título oficial correspondiente a los estudios realizados por los huérfanos de socios protectores. Esta ayuda solamente podrá ser solicitada para un título oficial, salvo cuando se haya cursado un doble grado. La Fundación concede el reintegro del importe de la expedición del título. Se puede solicitar en el mismo año o al siguiente de haber finalizado los estudios.
- Huérfano con discapacidad:
Ayuda destinada a contribuir en la atención de huérfanos de socios protectores con una discapacidad oficialmente reconocida igual o superior al 65%. Es requisito imprescindible que el socio protector lo haya sido durante al menos 10 años ininterrumpidos y que el huérfano haya convivido y dependido económicamente de él. Prestación de carácter mensual y renovable anualmente. La concesión o no de esta prestación está sujeta a la valoración de ingresos de la Unidad Familiar. Se puede solicitar en cualquier momento aunque solamente se abonarán los atrasos cuando la solicitud se presente dentro de los tres meses posteriores al fallecimiento del socio protector.
Prestación de Viudedad:
Ayuda destinada a compensar al viudo/a ante la carencia de ingresos económicos a consecuencia del fallecimiento del socio protector. Es requisito imprescindible que el socio protector lo haya sido durante al menos 10 años ininterrumpidos. Prestación de carácter mensual y renovable anualmente. La concesión o no de esta prestación está sujeta a la valoración de ingresos de la Unidad Familiar. Se puede solicitar en cualquier momento aunque solamente se abonarán los atrasos cuando la solicitud se presente dentro de los tres meses posteriores al fallecimiento del socio protector.
Médico con Discapacidad:
Ayuda destinada a compensar la carencia de ingresos económicos como consecuencia de la situación de discapacidad del socio protector. Se debe tener una discapacidad reconocida igual o superior al 65% y haber sido socio protector de la Fundación durante al menos 10 años ininterrumpidos. Prestación de carácter mensual y renovable anualmente. La concesión o no de esta prestación está sujeta a la valoración de ingresos de la Unidad Familiar. Se puede solicitar en cualquier momento.
Médico Jubilado:
Ayuda destinada a compensar la carencia de ingresos económicos ante la situación de jubilación del socio protector. Es requisito imprescindible que el socio protector lo haya sido durante al menos 10 años ininterrumpidos. Prestación de carácter mensual y renovable anualmente. La concesión o no de esta prestación está sujeta a la valoración de ingresos de la Unidad Familiar. Se puede solicitar en cualquier momento.
Médico en Formación en ILT – Educación infantil (0-3 años):
Ayuda destinada a sufragar el coste de una escuela infantil de hijos (0 a 3 años) de socios protectores en etapa de formación (MIR u otros), que se encuentren en situación de baja laboral prolongada por la que vean mermados sus ingresos económicos. Es requisito encontrarse en los 5 años siguientes a la finalización del Grado en Medicina y no tener cubierto el coste de la escuela infantil por otro organismo. La fundación puede conceder hasta el 65% del coste con un tope de 300€/mes, previa valoración de ingresos de la Unidad Familiar. Prestación de carácter semestral. Las solicitudes se pueden presentar en los meses de junio o diciembre.
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