Información útil al finalizar la residencia

Por fin acaba tu periodo de residencia y te conviertes en especialista, ¡enhorabuena! El ciclo formativo de tu especialidad ha terminado, pero debes saber que:

  • Con terminar la formación no basta: debes poder acreditarte como especialista, y para ello es necesario que solicites el título de especialista en Ciencias de la Salud. Los certificados provisionales (de tu Comisión de Docencia y del Ministerio) son muy útiles, pero el título es absolutamente necesario y debes seguir los pasos para solicitarlo.
  • Es necesario comunicar al Colegio de Médicos el final de tu formación, y actualizar los datos de tu situación profesional (incluso si no encuentras empleo) y del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional. No sólo es obligación legal: ¡debemos mantener correcta tu información para poder ayudarte!

 

ACREDITARTE ADECUADAMENTE COMO ESPECIALISTA:

Requiere la posesión del título. Es el único documento legal que acredita sin dudas ni situaciones provisionales que eres especialista, y debes poder presentarlo en donde se requiera, como por ejemplo en el Colegio. Porque para poder realizar ciertos trámites u obtener ciertos certificados se requiere la presentación y/o registro del título de especialista en Ciencias de la Salud.

¿Cómo solicito el título de especialista?

La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, establece en su artículo 16 que el Título de Especialista en Ciencias de la Salud es necesario para utilizar de modo expreso la denominación de especialista, para ejercer la profesión con tal carácter y para ocupar puestos de trabajo con tal denominación en centros y establecimientos públicos y privados.

Los títulos de Especialistas en Ciencias de la Salud que cumplan las condiciones necesarias para su emisión por el Ministerio de Sanidad, se encontrarán disponibles para su descarga a partir del mes junio de 2023 y en adelante en la aplicación METIS; o de ser el caso, se irán remitiendo por el mismo medio a través del cual se proporcionó el certificado provisional sustitutorio (CPS) en su momento (Sistema de Notificación Electrónica por Comparecencia, SNEC). https://metis.sanidad.gob.es/metis/#/_inicio$

Formación sanitaria especializada finalizada después del 01/01/2022: el título se expedirá de oficio (sin pago de tasa) en formato electrónico, una vez confirmada el acta de evaluación final por la Comisión de Docencia. Puede descargarse el título de especialista desde la pestaña de descargas de la aplicación METIS accediendo a través de su certificado electrónico o clave. https://metis.sanidad.gob.es/metis/#/_inicio$

¡IMPORTANTE! Se deben comprobar los datos personales y fechas de la formación en la aplicación METIS. En caso de requerir cualquier modificación, contactar con el Registro Nacional de Especialistas en Formación, a través del buzón: titulosespecialistas@sanidad.gob.es, aportando la documentación acreditativa.

Preguntas frecuentes

Información Ministerio de Sanidad

 

COMUNICAR AL COLEGIO TU NUEVA SITUACIÓN

Terminar tu formación implica que acaba tu situación como médico en formación de especialidad. Y dado que las administraciones no informan al Colegio de esta variación, tú eres quien debes informarnos; como posteriormente deberás informar de las modificaciones que se produzcan en tu situación profesional:

  • Cuando inicies un nuevo puesto como médico —ya sea por cuenta propia o ajena—, o
  • Cuando tengas un periodo de cese del ejercicio profesional (por un periodo sabático, por iniciar un desempeño profesional diferente a la Medicina, por quedarte en situación de desempleo, por marchar a trabajar al extranjero, etc).

¿Cómo comunico al Colegio mi nueva situación?

Puedes acceder al documento de Notificación o Modificación de Datos a través de la Ventanilla Única de la web colegial: Ventanilla Única

También puedes solicitarnos que te enviemos el formulario para la modificación de domicilios profesionales y particulares, que podrás rellenar y devolver al Colegio, con firma electrónica o escaneando el documento firmado.

O si lo prefieres puedes enviarnos un correo electrónico a com@comgranada.com informándonos de tu nueva situación. Si inicias un nuevo empleo, deberás indicarnos cuál es, los correspondientes domicilios y datos de contacto profesionales (indicándonos si mantienes o no el empleo/s anterior/es, en su caso), y la especialidad que vas a ejercer.

¿Debo cambiar mi situación en el seguro de responsabilidad civil profesional?

Cuando terminas tu formación como especialista, normalmente comenzarás un nuevo desempeño profesional. Y eso implica que debes realizar la modificación en tu seguro de responsabilidad civil profesional (SRCP).

Lo mismo ocurrirá si posteriormente

  • Cambias de modalidad de ejercicio (p.ej., cuando inicias o cesas el ejercicio privado, o trabajas para una administración diferente), o
  • Trabajas en una especialidad o categoría diferente (p.ej., si dejas de trabajar como especialista o lo haces en otra especialidad que poseas), o
  • Si utilizas ciertas técnicas o cirugías en algunas especialidades (p.ej., cirugía refractaria en Oftalmología; cirugía o técnicas invasivas en Aparato Digestivo, Cardiología, Dermatología, Nefrología…; etc).

Siempre puedes consultarnos si no lo tienes claro: te ayudaremos a encontrar la respuesta.

¿Cómo modifico mi seguro de responsabilidad civil profesional?

Si lo tienes contratado a través del Colegio, puedes acceder al documento del SRCP a través de la Ventanilla Única de la web colegial: Ventanilla Única

También puedes llamarnos a nuestras oficinas (958 806 600) o envíanos un correo electrónico a com@comgranada.com, y te enviaremos el formulario correspondiente, que podrás rellenar y devolver al Colegio, con firma electrónica o escaneando el documento firmado.

Si lo contratas directamente a través de alguna compañía aseguradora, o lo contrata tu empresa para ti (aparte del propio que debe tener la empresa para su actividad), para comunicar la modificación deberás enviarnos el correspondiente certificado de la compañía aseguradora.

 

SI VAS A INICIAR ACTIVIDAD PROFESIONAL POR CUENTA PROPIA

Una posibilidad de actividad profesional es el empleo por cuenta propia, ya sea con el establecimiento de una consulta o centro sanitario de tu propiedad, u ofreciendo tus servicios como profesional médico a otras empresas.

Para poder iniciar esta actividad, debes realizar una serie de trámites, entre los que se encuentran:

Hay más trámites que pueden tener que cumplirse, en función del tipo de ejercicio que se vaya a realizar (Registro Estatal de Profesionales Sanitarios; Registro Andaluz de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios; Licencia municipal de apertura; etc). En cualquier caso, si vas a iniciar esta actividad, te aconsejamos que siempre consultes con la Asesoría Jurídica del Colegio, donde recibirás información y consejo sobre los trámites a realizar. Y con la Asesoría Fiscal del Colegio, en relación al alta de la Actividad en Hacienda. Te recordamos que el asesoramiento por parte de cualquiera de las dos asesorías es gratuito y está a tu disposición si eres colegiado de nuestra institución.

Los teléfonos y correos electrónicos de las asesorías son:

Asesoría Jurídica:
- 958 806 610
- asesoria.juridica@comgranada.com

Asesoría Fiscal:
- 958 806 608
- asesoria.fiscal@comgranada.com

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